El
Código Civil español permite la retirada automática de la tutela de un menor
sin que sea necesaria la intervención judicial. Esta situación ha puesto en pie
de guerra a muchos progenitores, que ponen en duda la profesionalidad de los
Servicios Sociales.
Interponer una querella criminal contra un juez por
prevaricación no es algo muy habitual. Susana (nombre ficticio) lo ha hecho
contra una magistrada de los Juzgados de Primera Instancia de Barcelona. No
sólo contra ella, también contra dos técnicas del Equipo de Asesoramiento Técnico en el Ámbito de la Familia (EATAF)
por un delito de prevaricación, así como contra una coordinadora
parental por
un delito de falso testimonio, inducción a la omisión del deber de
socorro y
coacciones. Lucha, a su modo de ver, por el bienestar de su hija e hijo
de 7 y 5
años, respectivamente, pues lo que está en juego es la custodia de los
mismos. (tras la elaboración de este artículo, finalmente le ha sido retitarada en ambos casos).
La historia de Susana arranca hace cuatro años, cuando su hija de tres años, según explica
ella, le confesó ser víctima de abusos por parte de su padre. La madre no puede
borrar de su mente frases como “papá me
ha tocado” o “papá me ha daño en el culete” y sitúa 2015 como el inicio de
un infierno familiar. Sonia relata el desamparo que sintió después de que la
pediatra la derivara a la Unidad Funcional de Abusos de Menores (UFAM) del
Hospital San Juan de Dios y, tras una lista de espera de cerca de cuatro meses,
“una trabajadora social me dijera que muchas
mujeres se inventaban historias así para separarse”. Susana terminó por
“irme con lo puesto, con mis hijos y denunciar”.
Lejos de conseguir una orden de alejamiento, los juzgados
dispusieron un Punto de Encuentro Familiar al que era preciso acudir dos horas
cada quince días, pese a que “la niña
sufría ataques de ansiedad al pensar que iba a ver a su padre”. Se
iniciaron una serie de pruebas periciales y, a pesar de que los informes
médicos detallaban la “irritación de los genitales externos de la niña” y que
ésta verbalizaba los presuntos abusos, desde diferentes frentes de la
Administración hicieron recaer toda la carga de culpabilidad sobre Susana.
Manipulación materna
Apareció entonces el llamado Síndrome de Alienación Parental (SAP), es decir, la influencia
negativa de un progenitor sobre un hijo para ponerle en contra del otro. Tras
toda una odisea judicial, un auto de marzo de 2018 del Juzgado de Primera
Instancia de Barcelona terminó por declarar la suspensión de las visitas y de
comunicación de los menores con su padre.
El auto fue demoledor
contra aquellos niveles de la Administración que culparon a la madre. Las
grabaciones que Susana consiguió realizar de algunas sesiones, como la llevada
a cabo de una pediatra de la UFAM con la hija, jugaron un papel fundamental en
la sentencia. Tras escuchar el audio y tomar en consideración un peritaje de su
lenguaje corporal, la magistrada determinó que las verbalizaciones y gestos de
la menor “son relevantes e indicativas
de conductas sexuales inadecuadas compatibles con abusos sexuales”.
El auto destacó “la falta de coherencia en las conclusiones
reflejadas en el informe de la UFAM”, incidiendo en que descartó el relato de
conductas sexuales inadecuadas calificándolas de no creíbles y atribuyéndolas a
un aleccionamiento de la madre, pero “sin explicar de forma objetiva y técnica”
el por qué la califica así, centrándose en la figura materna de la que ni siquiera se realizó evaluación.
En este sentido y sobre el SAP, el auto indicó que “son cada
vez más numerosos los profesionales de la psicología y la psiquiatría que
valoran la formulación del síndrome como un
modo más de violencia contra la mujer», y recuerdan que “la ciencia nos dice
que la razón más probable para que un niño rechace a un progenitor es la propia
conducta de ese progenitor”.
La pesadilla continúa
Aquella suspensión cautelar tan sólo fue un espejismo,
puesto que tras un recurso del padre en la Audiencia Provincial, Susana teme
perder ahora a sus hijos. Según explica, “algunas providencias indican que mis
hijos están en riesgo de desamparo y que lo conveniente sería que mi hijo fuera con su padre y, dado lo
dañada que está la relación de mi hija con él por mi culpa, que termine en un centro de menores” (lo que finalmente ha sucedido).
“No voy a dar nada por perdido”, asegura Susana, embarcada
en una cruzada judicial en la que “me sorprende que todo vaya ahora tan
rápido”, llegando a dudar “si hay dinero de por medio o es una cuestión
meramente ideológica”. Ella se aferra al auto de 2018 que señalaba la mala
praxis realizada desde el Equipo de Asesoramiento Técnico en el Ámbito de la
Familia (EATAF).
Entre los apoyos con los que cuenta destaca Consuelo García del Cid, la activista
presidenta de la Asociación Desterradas
hijas de Eva –tomado de su
obra del mismo título en el que aborda los reformatorios durante el Franquismo-,
con la que intenta ayudar a las familias y afectadas en general por la retirada
de tutela de sus hijos a manos de los servicios sociales.
García del Cid, autora del libro El desmadre de los Servicios Sociales, denuncia que “los servicios
sociales pueden retirar la tutela de un menor sin decisión judicial”, tal y
como determina el artículo 172 del Código Civil. Algo en contra de lo que está
buena parte de la abogacía, tal y como se ha criticado desde el Ilustre Colegio
de Abogados de Barcelona (ICAB).
A esta problemática se une, además, la denuncia que realiza
García del Cid, indicando que “los niños
se han convertido en un negocio”, puesto que “la mayor parte de los centros
de menores están privatizados y, según
en qué Comunidad Autónoma, se da entre 3.000 y 9.000 euros por menor”. La
activista no duda en asemejar esta situación con el robo de niños que se
produjo en España en el último cuarto del siglo XX.
Oscurantismo y poca preparación
Óscar Cano Fuentes es un abogado de Barcelona especializado
en Derecho de Familia. Acostumbrado a tratar con este tipo de problemáticas,
pone el acento en la necesidad de cambiar la ley para que la decisión de
retirar la tutela no recaiga en un trabajador social sin intervención judicial.
“Claro que se puede recurrir, pero para entonces pueden haber pasado cerca de ocho años en los que no has podido ver a
tu hijo”, explica.
Su colega Marta Boza Rucosa, al frente del despacho
especializado exclusivamente en Familia creado por su madre hace más de 50
años, también se muestra muy crítica con el sistema: “nos encaminamos hacia un
modelo anglosajón, intrusivo, que buscaba agilizar los procesos, pero que no ha
sido así, dilatándolos en ocasiones hasta en un año mientras se burla la garantía de un proceso judicial”.
En su opinión, “es un abuso administrativo que está haciendo mucho
daño”.
En ese sentido, Cano explica que “se trata de decisiones
administrativas que pueden terminar en situaciones injustas y retiradas
automáticas realmente dramáticas, en las que llega una furgoneta de los Mossos
d’Esquadra al colegio y se llevan a un niño de siete años a un centro de
acogida y ya no ve más a sus padres”.
No es un ejemplo, es precisamente lo que le pasó a María
(nombre ficticio), que cuenta cómo “fueron
a buscar a mi hija al colegio y desde entonces no la veo, ni siquiera sé dónde
vive”. Su caso, según relata, es una
historia de maltrato por parte de su pareja, infidelidades y una sucesión de
informes falsos que avalan la retirada, “firmados por personas de asuntos
sociales que jamás me vieron”.
No es la primera vez que el EATAF (conocido anteriormente
como SATAF) se encuentra en el epicentro de la polémica. Una sentencia dictada
por el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, en fecha de 10 de julio de
2014, anuló la dictada por la Audiencia Provincial de Barcelona en 2013. Entre
los motivos para ello, destacaba que para la elaboración del informe ni siquiera se evaluó a la menor,
únicamente al padre y la madre, sin ni siquiera examinar el domicilio o
entrevistarse con familiares o educadores de la niña.
Cano indica que en ocasiones los informes de asuntos sociales que provocan una retirada “se elaboran por trabajadores sociales con apenas tres años de experiencia que se guían por comentarios de vecinos o por un moratón que, probablemente, el niño se ha podido hacer en el patio del colegio”. A ello se suma, además, su cerrazón a recibir críticas, lo que estrecha el margen de mejora, indica Boza, que relata cómo en diversas ocasiones estos organismos se cierran en banda cuando se les presentan los expedientes que presentan déficits de garantías.
El resultado son “situaciones que después son muy complicadas de revertir, debido al oscurantismo que hay en todo esto”. Mientras desde el ICAB solicitan poder conocer los protocolos de actuación de los trabajadores sociales para saber con qué parámetros trabajan, desde el Departamento de Justicia se niegan alegando que sus pautas metodológicas no son públicas. La propia Bouza, que recientemente se presentó a la presidencia de la sección de Familias del ICAB, denuncia cómo “no se nos facilitan los tests ni ninguna de las pruebas con las que se retira la tutela, de manera que éstas se reducen a tres frases demoledoras”. La abogada llega a referirse a una situación de “desprotección e impunidad ajenas a un Estado de Derecho”.
Asimismo, resulta muy complicado poder interrogar en sede judicial a los funcionarios que redactan los informes de retirada de tutela y, cuando se hace, “cuentan con la misma presunción de veracidad que la policía en un juicio penal”. A pesar de que dicha presunción “no está escrita en ningún lado”, indica Cano, “prácticamente lo que dicen va a misa, sin que ni siquiera exista la posibilidad de realizar contra-peritajes a los menores por parte de los progenitores porque no se tiene acceso a ellos”. El resultado final, lamenta el abogado, es que “se termina penalizando miseria, pobreza, etc. en base a prejuicios. Hay muy poco rigor”.
Pese a los intentos de Posos de Anarquía por conocer la versión de la Administración de Justicia de Catalunya, ésta no ha estado en disposición de realizar declaraciones.
Enlace al Artículo original: http://www.pososdeanarquia.com/2020/03/cuestionada-la-profesionalidad-de-los.html