La desprotección de las víctimas de violencia de género

Dic 5, 2016 | General, Noticias, Violencia

En esta línea, dentro del ámbito de la administración de justicia y para avanzar en la calidad de la misma, es prioritario reconocer la existencia de una realidad que evidencia cierta permisibilidad ante la violencia de género.

Uno de los problemas más graves a abordar es el hecho de que las mujeres víctimas de violencia de género, a las que se anima constantemente a denunciar como el camino para salir de su situación, ven con desesperación cómo más de la mitad de los procedimientos que finalizan en los juzgados de violencia sobre la mujer son archivados. Las víctimas interpretan esta realidad como que no son creídas y la sociedad actúa como si los hechos denunciados no hubieran ocurrido.[1]

TOTAL SENTENCIAS Y ARCHIVOS AÑO 2015 ÁMBITO VIOLENCIA[2] DE GÉNERO

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Derivado de esta situación, en ocasiones, mujeres, que habían denunciado e incluso solicitado una orden de protección, sufren nuevas agresiones y en los casos más graves, cuando son asesinadas, saltan a la opinión pública. En estos casos existe una responsabilidad por parte de la administración, sin embargo, en general, no se lleva a efecto una investigación de oficio para dirimir las responsabilidades que puedan derivarse de la actuación de los distintos profesionales que intervienen en todo el proceso.

Existe una responsabilidad por parte de la administración, sin embargo, en general, no se lleva a efecto una investigación de oficio para dirimir las responsabilidades que puedan derivarse de la actuación de los distintos profesionales…

Observamos también cómo las víctimas de violencia de género son más o menos protegidas dependiendo del juzgado en el que recaiga el procedimiento, no abriéndose ninguna investigación para dilucidar las razones por las cuales determinados juzgados archivan los procedimientos en porcentajes que superan el 90% de las denuncias interpuestas, o por qué se deniegan las órdenes de protección en algunos juzgados en porcentajes que superan el 80%.[3]

Estas actuaciones, un tanto anómalas, no son investigadas de oficio, no abriéndose procedimientos administrativos para dirimir las responsabilidades que pudieran derivarse de las mismas, aun cuando son conductas que, en mi opinión, exteriorizan un incumplimiento por parte de la administración de justicia de sus obligaciones para con las víctimas, ya que no se garantiza suficientemente su seguridad teniendo en cuenta, que en ocasiones falta una investigación eficaz que si se llevara a efecto podría dar como resultado la acreditación los hechos que se denuncian. La apertura de investigaciones de oficio, es importante se efectúen, ya que habitualmente, cuando se cometen fallos, es difícil que las víctimas o sus familiares pidan responsabilidades ya sea a la administración de justicia o a los profesionales intervinientes.

Son conductas que, en mi opinión, exteriorizan un incumplimiento por parte de la administración de justicia de sus obligaciones para con las víctimas

Si queremos avanzar en la calidad de la justicia debemos analizar los datos y valorar las deficiencias detectadas, adoptando medidas eficaces para corregirlas, erradicando las prácticas perniciosas. Una de las medidas que debería adoptarse es efectuar investigaciones de oficio cuando se evidencian errores, ya sea en un procedimiento concreto, ya sea de manera sistemática, no haciendo recaer la apertura de este tipo de procedimientos en la víctima o sus allegados, al margen de que se les indemnice para dar cumplimiento a la obligación de reparación del daño causado.

Estas investigaciones de oficio deberían realizarse sistemáticamente por la vía administrativa, con la firme voluntad de mejorar en prevenir la comisión de este tipo de conductas delictivas y en garantizar la seguridad de las víctimas de violencia de género.

[1] El 52,13% de los procedimientos finalizados en los juzgados de violencia sobre la mujer en el año 2015 fueron archivados, datos Informe 2015 Consejo General del Poder Judicial página 8.
[2] Datos conforme informe año 2015 Consejo General del Poder Judicial.
[3] Así vemos como juzgados en los que se han incoado más de 100 órdenes de protección como San Feliu de Guixols en los que se denegaron el 86,61% y Santa Coloma de Farners se denegaron el 84,17%, conforme datos del Consejo General del Poder Judicial 2015 documento partidos judiciales.

Publicado en: http://tribunafeminista.org/2016/12/la-desproteccion-de-las-victimas-de-violencia-de-genero/